Hola:
A ver, según la letra de la licencia, deberías ser tú quien ponga el
código fuente de la versión precisa que has usado. El motivo es que si
te limitas a poner un enlace, y no lo gestionas tú, mañana puede
desaparecer.
Ahora bien... si nos vamos al espíritu de la licencia, y tratándose del
kernel (del que sí sabemos con razonable seguridad que no van a eliminar
los ficheros con el código de las versiones viejas), yo creo que si se
limita a publicar (o incluso describir como hizo) esos cambios a según
qué scripts, es más que suficiente.
Un saludo.
El 10/07/12 17:01, José Manuel Ciges Regueiro escribió:
Muy buenas,
Os escribo para que me confirmeis lo siguiente.
Un compañero del trabajo ha compilado el kernel de linux, las libc y
las herramientas de compilación (las toolchain) para ARM sobre su Mac.
Hablando del tema le he dicho que estaría bien que lo publicara ya
que si se lo ha currado podría ser interesante para otras personas.
Lo que el ha obtenido ha sido los binarios (una imagen de una
minidistro para ARM) y me ha preguntado si debería publicar las
fuentes si pone los binarios en Internet. No hay modificación de las
fuentes (quitando algún script que haya podido modificar), el trabajo
que ha hecho es definir los pasos que hay que realizar para obtener
dicha imagen.
Lo que yo entiendo es que aunque lo publique sin interés comercial ni
sea el encargo de nadie (no hay un cliente) debería poner un enlace a
las fuentes (yo nombraría las webs de las que me he descargado el
código, aunque lo ideal sería subir la carpeta en la que estoy
trabajando a un repositorio GIT).
Entiendo yo que se aplicaría la sección 6 de la licencia GPL
("Conveying Non-Source Forms"), en particular el párrafo d (las
negritas son mías)
d) Convey the object code by offering access from a designated
place (gratis or for a charge), and offer equivalent access to the
Corresponding Source in the same way through the same place at no
further charge. You need not require recipients to copy the
Corresponding Source along with the object code. *If the place to
copy the object code is a network server, the Corresponding Source
may be on a different server (operated by you or a third party)
that supports equivalent copying facilities, provided you maintain
clear directions next to the object code saying where to find the
Corresponding Source*. Regardless of what server hosts the
Corresponding Source, you remain obligated to ensure that it is
available for as long as needed to satisfy these requirements.
Pero como no hay cliente y es un trabajo personal no tengo claro si es
requisito obligado (¿se considera esto distribuir?).
En resumen, ¿si publica los binarios debe dar acceso también al código
fuente siendo un trabajo personal realizado en su tiempo libre y no
habiendo modificado el código fuente? (lo lógico es que lo hiciera, lo
que pregunta es si está legalmente obligado).
Un saludo
Ciges
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