Gracias por la respuesta Alberto!
De todas formas, tened en cuenta que ya se prevé en la cláusula séptima
letra b la posibilidad de resolver el contrato por cualquiera de las
partes, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el
Convenio.
Envío la propuesta de cláusula al responsable del Cenatic con este
tema...
Saludos.
Andoni
El jue, 28-02-2008 a las 17:49 +0100, Alberto Barrionuevo escribió:
El Thursday 28 February 2008 17:17:08 Andoni García
Imaz escribió:
Si al resto les parece bien, añado la cláusula...
De todas formas que alguien más diga algo porque se supone que mañana se
firma el Convenio...
"Alguien más": ACK.
Es por pura lógica, aunque como sigamos así el convenio va a comprometer a
poco...
Saludos,
--
Andoni García Imaz
Abogado
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