Hola, propongo:
On Thursday 10 September 2009 12:37:42 Agustín Benito Bethencourt wrote:
> necesito que alguien con conocimientos de derecho me apunte a la ley
> adecuada en la que se impide poner nombre y apellido a los productos que
> solicita la AAPP, en qué casos esto es posible y las posibles
> repercusiones.
La ley es la Ley 30/2007 de Contratos de la Administración Pública que a su vez ejecuta una directiva europea y a su vez tiene algunas órdenes ministeriales y reales decretos por ahí rondando.
Pero toda esa es información técnica de carácter legal que *nunca* se indica en una nota de prensa. Eso quien lo tienen que utilizar son los abogados, y nosotros no debemos darles pistas a la parte contraria sobre en qué bases legales vamos a basar nuestras demandas.
Y no te preocupes, que a los funcionarios no es necesario darles pistas sobre la legalidad, que conocen perfectamente su trabajo y a las leyes y normativas a que tiene que ajustarse. Aparte no se van a dejar guiar por nuestra nota de prensa, sino por las guías internas suyas.
Aporto dos sugerencias de texto concretas más abajo:
>
> Otra opción es que redacte directamente el párrafo en unos términos
> similares a estos (propuesta):
>
> -------
> ASOLIF insta a los responsables educativos de las CCAA que se encuentran en
> proceso de elaboración de los pliegos de los concursos relacionados con la
> adquisición de portátiles a que cunplan el artúculo ---de la ley ---- que
> establece "---" . ASOLIF entiende que debe asegurarse el derecho de libre
> concurrencia (término exacto que sea) de las empresas que comerciailzan
> soluciones basadas en software libre en igualdad de condiciones que
> aquellas que lo hace con software privativo. Así, tomorá todas las acciones
> que sean precisas para asegurar este derecho, a menudo obviado por las
> Administraciones Públicas en el pasado.
>
> --------
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ASOLIF insta a los responsables educativos de las CCAA que elaboren pliegos de licitación relacionados con materias informáticas, incluidos los relativos a Escuela 2.0, a que cumplan estrictamente con el marco legislativo vigente en España y la Unión Europea en materia de contrataciones públicas, interoperabilidad y neutralidad tecnológica.
ASOLIF, como representante del sector del software libre en España, anuncia que ejercerá todas las medidas que considere oportunas en cada momento y lugar con objeto de defender los derechos e intereses de sus socios utilizando para ello aquellos recursos legales y políticos que tenga a su alcance. Estos recursos podrán incluir impugnaciones de concursos, demandas judiciales a los responsables políticos de los mismos y campañas de prensa denunciando todo aquello que determinemos lesivo hacia nuestros derechos e intereses.
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Esta es una versión endurecida y menos diplomática que la que envié ayer. Coged la que consideréis mejor, aunque si queréis puedo endurecerla aún más, que esto es a gusto del consumidor (aunque no lo recomiendo, pues ya es suficientemente explícita).
Recuerdo la de ayer:
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"En este sentido ASOLIF anuncia que tomará todas las medidas que considere
oportunas en cada momento y lugar con objeto de garantizar los derechos e
intereses de sus asociados en el ámbito educativo."
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Un saludo,
//A.