Buscando más información al respecto de las posibles dudas sobre si la Asociación Madrileña está constituida legalmente o no, en la noche pasada he consultado a Raquel Blanco (la abogada que asesora desde sus inicios a la Asociación Empresarial Impulsa Internet) y me ha respondido lo siguiente:

En virtud, del artículo 5, punto 2, del Capítulo II de la LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Asociación Madrileña de Empresas de Software Libre "SoLiMadrid" se encuentra constituida legalmente desde el día 26 de febrero de 2008 (www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2002/05852), fecha en la que se adoptó el Acuerdo de Constitución y se otorgó el Acta Fundacional.

De todas formas, para dotarla de una mayor desenvoltura conviene que solicitemos el CIF provisional ante el Agencia Tributaria (cumplimentando el formulario 036) tal como haremos en la semana entrante.

Nota: Por si le sirve a otras asociaciones en situaciones semejantes a la de Madrid, para obtener el CIF definitivo (y el provisional de forma análoga) hay que aportar los documentos reseñados en la página 12 del siguiente documento:
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_01_al_99/036/Canal_1/DocumentacionNIF_036.pdf

Francisco Sadurní
Secretario de la comisión gestora de "SoLiMadrid"

El día 28/02/08, Francisco Sadurní <franciscosadurni@gmail.com> escribió:
Estimados compañeros,

Como sabéis el pasado martes, día 26 de febrero, constituimos la Asociación Madrileña de Empresas de Software Libre "SoLiMadrid". En el día de hoy, jueves 28, hemos terminado todos los trámites previos a su inscripción y ya está presentada toda la documentación en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid.

Preguntándoles en persona en el Registro sobre cuánto tiempo están tardando en aprobar una inscripción de nueva asociación nos han respondido que ahora mismo están saturados,  por lo que es probable que tarden unos tres meses en aprobar una inscripción.

Explicado nuestro caso, sobre la urgencia que tenemos para poder participar en una federación de asociaciones, nos han respondido que podemos solicitar un tramitación de urgencia razonando los motivos, pero que esa solicitud de urgencia no puede hacerse antes de transcurridos 15 días, para que les haya dado tiempo al menos a ojear nuestro expediente.

Ya hemos recogido el formulario para esa solicitud de urgencia para tramitarla dentro de 15 días, pero mucho me temo que antes de un mes es casi imposible que dispongamos del nº de inscripción en el Registro, no obstante -hasta donde yo sé por otro caso y si no ha variado la reglamentación- podemos obtener el CIF provisional en el Ministerio de Hacienda, si consideráis que eso supone un avance legal.

Es decir, que aunque ya estamos constituidos conforme a la Ley no dispondremos de nº de Inscripción hasta dentro de un mes -como mínimo-. ¿Eso supondría una dificultad de cara a la Federación en el acto de mañana?

Quedamos a vuestra disposición.

Manuel Estellés
Francisco Sadurní


El día 26/02/08, Andoni García Imaz <andonigarcia@seinale.com> escribió:
Buenos días a todos:

Javi Vázquez ya me los ha facilitado.

¿Podríais enviarme los siguientes datos de cada Presidente?:

- Nombre y dos apellidos de cada Presidente.
- Nacionalidad.
- Domicilio.
- Denominación exacta de la Asociación a la que representa.
- Número de inscripción de la Asociación a la que representa.
- Domicilio de la Asociación.
- NIF de la Asociación.

Es para el Acta Fundacional.

Saludos a todos.

--
Andoni García Imaz

Abogado

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