El Thursday 16 June 2011, Jose Lancho escribió:
Hola,
a mi no me parece propiamente una liberación de software, en ningún
sentido. Desde luego sería incluso cuestionable entender que hay
verdadera distribución de ningún derecho relacionado con ese software
(no es una puesta a disposición del público de esa obra informática).
Creo que la Administración Pública entiende que actúa como una empresa
que habiendo desarrollado un software por un departamento interno lo
ofrece a otros departamentos y sucursales de la misma, pero no
propiamente a terceros. En ese sentido son sus derechos y lo puede
hacer, de momento con esos términos para su uso interno. En principio,
jurídicamente no veo una violación de la GPL, más bien me parece un
capricho raro, políticamente publicitario. Tengo un colega que hace
scripts privados de domótica para su propia casa cosas del tipo que
los toldos y persianas de su casa se adapten a las previsiones del
tiempo, etc a él le da por añadir una licencia libre pero... carece de
sentido.
Finalmente, desde luego me parece un error de política de fomento
industrial y en el sentido que expresan Juanje y Agustín, y creo que
el sector debería expresar su protesta con ese juego de palabras
"liberación" e incluso mencionar la "GPL".
Un saludo a todos.
José María Lancho
Hispalinux
Aparte de la moralidad del asunto,creo entonces que debería considerarse dos
cosas de manera separada:
1.- La posible de infracción al modificar una licencia copyleft para añadir
restricciones (cosa prohibida por la licencia).
2.- Y, lo que es más interesante, si se produce o no distribución (ya que las
licencias sólo entran en acción cuando ésta sse produce).
Con esto quiero decir que, si el software creado por Ministerios para su
administración interna, es cedida a, por ejemplo, a una administración
autonómica y esta se considera un entidad (supongo que aquí deberíamos poner
el adjetivo "jurídica") separada, entonces *sí* hay distribución y habría
violación de la GPL.
Si todas las adminsitraciones, centrales, autonómicas e, incluso, municipales,
se consideran una sola entidad (cosa que me es difícil de creer, pero que
tampoco sé), entonces el uso del software sería interno y *no* habría
infracción.
Sin embargo, tengo la sensación que lo primero es lo cierto, ya que observo
que las diferentes entidades públicas incluso dentro de una misma comunidad
autónoma, tienen diferentes Codigos de Identificación Fiscal unas de otras, lo
que creo que implica que son entidades jurídica y fiscalmente diferentes.
Paul
el 2011/6/16 Agustín Benito Bethencourt
<gerente(a)asolif.es>es>:
Hola,
Por otra parte la FSF es una autoridad moral, no
legal. La
administración puede decir lo que le de la gana y solo podemos ponerles
colorados.
Esta licencia tampoco corresponde, según el anexo de definiciones de la
Ley 11/2007, con una Software de Fuentes Abiertas
Perdón por la maldad Igor :-) No me pude contener.
Enlace:
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&…
d=2007/12352
Pag 27166 BOE 150
Sin embargo, si emplean código copyleft de
terceros, esto constituiría
una violación de la licencia original de ese software empleado, y eso
sí sería reclamable judicialmente. Esto ya se ha empleado en ocasiones
anteriores para forzar la apertura del software envolvente. Pero
incluso en tales casos la política suele ser solicitar por las buenas
una corrección antes de exigir una compensación por las malas.
--
Saludos
--
Agustín Benito Bethencourt
Gerente de ASOLIF
http://www.asolif.es
_______________________________________________
Asolif mailing list
Asolif(a)asolif.es
http://www.asolif.es/cgi-bin/mailman/listinfo/asolif
_______________________________________________
Asolif mailing list
Asolif(a)asolif.es
http://www.asolif.es/cgi-bin/mailman/listinfo/asolif
--
Linux Magazine - Edición en Castellano
http://www.linux-magazine.es
Linux New Media Spain S.L.
C/Graham Bell nº 6
Edfco. Hevimar 2, Planta 2, Ofic. 16
Parque Tecnológico de Andalucía
29590 - Málaga
SPAIN
Tlf.: (+34) 952020242
Fax: (+34) 951235905