Hola a todos,
Enrique, no seré yo quien discuta sobre este tema con personas que
participaron en foros internacionales en su momento en alguna de estas
definiciones, como es tu caso.
Las definiciones que pones no tiene vuelta de hoja. Son las que son y
no hay más. Están aceptadas en todo el mundo. Creo que la Ley está
clarísima también. Ya hemos indicado a CENATIC su evidente error y no
tengo constancia de que vayan a modificarlo.
Identificar SFA con Open Source no se ajusta a la ley ni a las
convenciones internacionales a las que tanto costó llegar, como
indicas claramente.
Además, hemos indicado a CENATIC que el término Software Libre está
mucho más extendido y es una traducción literal del término Free
Software, luego es mejor usarlo frente al término SFA. Tampoco están
de acuerdo en este punto.
saludos
El día 11 de diciembre de 2009 11:19, Enrique Zanardi
<ezanardi(a)atlantux.com> escribió:
Ya sé que andamos liados con asuntos más importantes,
y que esto puede
degenerar en fuego cruzado, y que me estoy ganando el infierno por sacar
el tema, pero acabo de leer la última entrega de "la guerra de los Rose",
perdón, otra discusión (ésta en twitter) sobre si "Software de Fuentes
Abiertas" es lo mismo que "Software Libre", es lo mismo que "Open
Source", es lo mismo que "FLOSS", es lo mismo que ... y como en sus
distintas variantes ya llevamos 11 años con esta discusión sobre el
nombre de la rosa, me apetecería que de una vez por todas los
profesionales de esto nos pusiéramos de acuerdo, porque si ya duele
cuando los que discuten sobre el sexo de los ángeles son perfectos
indocumentados, mucho más cuando son gente como Ricardo Galli, con una
experiencia evidente...
¿Aceptamos por buenas las siguientes referencias "canónicas"?
- Software de Fuentes Abiertas es lo que viene definido en la LAECAP:
"Aplicación de fuentes abiertas: aquella que se distribuye con
una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código
fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros
usuarios". Por cierto, es la única definición de las 3 (SFA, SL, OSS) que
he podido encontrar recogida en ley española... ¿alguno ha visto otra?
- Software Libre es lo que viene definido en la "Free Software Definition"
de la Free Software Foundation (las 4 libertades):
http://www.fsf.org/licensing/essays/free-sw.html
- Open Source es lo que viene definido en la "Open Source Definition" de la
Open Source Initiative,
http://opensource.org/docs/osd , que es a su vez
una modificación superficial de las "Debian Free Software Guidelines" de
Debian:
http://www.debian.org/social_contract#guidelines
Suponiendo que las damos por buenas (y si no, que alguien diga cuáles son
las buenas, porfaplís), creo que resulta bastante evidente que Software
de Fuentes Abiertas y Software Libre son exactamente lo mismo, y que lo
que pone en la siguiente página:
http://web.cenatic.es/web/index.php?option=com_content&view=article&…
es una soberana metedura de pata / falsedad / ... que debemos exigir que
sea corregida, y que a partir de ahora los organismos oficiales se
atengan a las definiciones oficiales, y dejen de desinformar.
Y de paso igual podemos aclararnos el tema entre nosotros, los que
"sabemos de esto", para así poder aclarárselo luego a los demás, que a
este paso le vamos a quitar el record a los de Bizancio.
--
Enrique Zanardi
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